viernes, 29 de agosto de 2025

Reforma laboral, del timbo al tambo:

SENADO DE COLOMBIA REVIVE POLÉMICA SOBRE LUCHA DE CLASES

Reforma laboral, la cereza del pastel progresista, ahora en Cámara Ardiente. Incluida en la propuesta inicial de una Constituyente, del presidente Petro, pasando después por iniciativa de ley y/o consulta popular (que también se asemeja a un plebiscito), ahora se encamina a un cabildo abierto; aunque el primer mandatario de los colombianos menciona otra vez la consulta popular, pero con el pueblo en las calles.

Por Carlos Ramos Maldonado

El régimen laboral de Colombia que pretende reformar el Presidente Gustavo Petro, dentro de su paquete de fallidas propuestas sociales al Congreso de la República, ha sufrido un tortuoso tránsito parlamentario jamás registrado en la historia del país, tal vez solo comparado con la pretensión del libertador Simón Bolívar de abolir la esclavitud, desde 1820 en el Congreso de Angostura que aspiraba también a construir la Gran Colombia, y murió con esos sueños, hasta 1851, cuando se aprobó definitivamente en el mandato de José Hilario López, luego de varios años de guerra interna entre conservadores esclavistas y liberales progresistas (aunque muchos que se llaman socialdemócratas, hoy, también son esclavistas).

Curiosamente, tanto la abolición de la esclavitud como la reducción de las jornadas laborales o su flexibilización, tienen el mismo tinte libertario de defensa de derechos humanos ante la explotación plusválica (valor no pagado del trabajo) que reduce la dignidad humana.

Es de entender que la mayoría de las revoluciones acaecidas en la historia moderna tienen los mismos motivos: pretensión de libertades, control de territorios y justicia social, lo que ha enfrentado siempre a una mayoría socialmente explotada y excluida contra una reducida oligarquía que, en Colombia, almacena el poder político y económico.

¿Qué es lucha de clases?

La frase, que se ha macartizado en el mal denominado “tercer mundo” por el capitalismo hegemónico para marginar a quienes ideológicamente la comprenden y asumen, se refiere al conflicto de intereses entre diferentes clases sociales, especialmente entre los que poseen los medios de producción y controlan los recursos económicos (la burguesía) y los que no, pero aportan su fuerza laboral (el proletariado).

Para la teoría marxista, las justas luchas por las reivindicaciones sociales y laborales de los desposeídos constituyen el motor que impulsa el cambio social y el progreso histórico, no solo el desarrollo económico, que en nuestro sistema se acumula en unos pocos, sino también el desarrollo humano y sostenible.

Para la politóloga polaca del siglo pasado, Rosa Luxemburgo, las contradicciones entre trabajo y capital serían resueltas si se diera franca cooperación con intervención estatal justa.

De ella se recoge el pensamiento marxista: “De cada quien, según su capacidad; a cada cual, según su necesidad”.

Aunque para los dirigentes empresariales y líderes políticos tradicionales de Colombia, más la academia oligárquica, la llamada lucha de clases no existe y acusan al presidente Petro de meterle política a un debate sobre reforma laboral, que debe ser técnico, la senadora progresista Clara López revivió el tema ante la debacle del Gobierno en el Senado de la República, que insiste en el bloqueo institucional, y evocó la movilización social inspirada en la lucha de clases para mantener en la agenda pública la necesidad de unas reformas sociales que el Congreso de Colombia tiene enmochiladas.

La misma legisladora, al respecto, dijo en Barranquilla el viernes pasado que el presidente Petro debería insistir en la Consulta Popular para “recuperar los derechos laborales que le quitó a los trabajadores la Ley 789 en el año 2002, del expresidente Álvaro Uribe”.

También puede ver a la congresista María Fernanda Carrascal, del Pacto Histórico, refutando a la senadora Paloma Valencia, quien defendía la reforma laboral de su abuelo Guillermo León Valencia en 1965, pero que la hizo bajo presión de la lucha popular: https://n9.cl/t3coxm

¿Cabildo abierto u, otra vez, consulta popular?

Ante la realidad irreconciliable del choque de trenes entre los poderes ejecutivo y legislativo, el que debe mediar es el ciudadano, que podría, a través de la movilización social y la recolección de firmas (dice la Constitución Nacional en su artículo tercero: “La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público), si es el caso, convertirse en poder constituyente para presionar las reformas de su conveniencia y las de la nación entera, entre ellas la reforma laboral, que aún se mantiene en cámara ardiente, pues todavía no está sepultada por la apelación que a última hora se aprobó en el Senado, como un acto de extremunción.

De todas formas, como introito al procedimiento que se decida, el presidente Gustavo Petro ha convocado, en principio, unas juntanzas abiertas y masivas en escenarios públicos para debatir participativamente los caminos a seguir, y el primero con su presencia se realizará en el Paseo Bolívar de Barranquilla el próximo martes 20 de mayo por la tarde, al parecer.

Si es cabildo abierto, es de iniciativa popular convocada por organizaciones sociales que crean un Comité Promotor –en este caso, la Coordinadora Nacional por el Cambio y sus seccionales- y, aunque se convierta de obligatoria realización si la firma el 0.5% del censo electoral de cada municipio o departamento (en promedio total, casi 200 mil ciudadanos), no es vinculante, según la Ley 1757 del 2015, aunque el mismo Presidente manifestó desde China (donde se encontraba firmando la adhesión de Colombia a la Ruta de la Seda, ver https://n9.cl/tzwft) que “recibiré la decisión votada por el pueblo en todos los municipios y me colocaré al frente para cumplirla”.

La Corte Constitucional, en una de sus sentencias al respecto, manifiesta que el Cabildo Abierto es “la congregación del pueblo soberano para discutir libremente, acerca de los asuntos que le interesen o afecten” y que “se constituye en la forma más efectiva para que los ciudadanos residentes en los respectivos entes territoriales, puedan discutir y estudiar los asuntos que son de interés para la comunidad”.

O sea, queda claro que el cabildo abierto, entonces, no es del orden nacional (cambiaría a la figura de plebiscito), sino que, de manera simbólica, podría ser la suma de todos los eventos de jurisdicción municipal, lo que en realidad generaría un modelo inédito de movilización masiva en simultánea por todo el país, una verdadera fuerza ciudadana para el cambio. Aunque el Presidente no habla explícitamente de Cabildo Abierto, sino de cabildo popular en respaldo a la Consulta Popular.

O si la ruta es de nuevo la Consulta Popular, pues entonces se define si es de origen presidencial, como ya se hizo, con la firma del gabinete ministerial, o si se hace mediante iniciativa ciudadana, que obliga a la recolección de firmas por todo el país, que requiere el 5% del censo electoral vigente.


Al parecer, el Presidente ya optó por el primer camino de Consulta Popular, según el mismo acaba de informar en su cuenta de X: “El gobierno volverá a presentar la consulta popular con una pregunta adicional en salud. Pero, esta vez, ya el Senado la discutirá con el pueblo en las calles y carreteras, si así lo deciden las asambleas populares en los municipios” y “para comunicar la decisión popular, el presidente de la República convoca a toda la población a las asambleas populares municipales, cabildos populares, desde hoy…”
Mesa de coordinación para el Cabildo Popular de Barranquilla. Ver también https://n9.cl/5wpvfb

Última hora

Se dice que algunos senadores que votaron el hundimiento de la reforma laboral cayeron en conflicto de interés, según la ley 5ª de 1992, pues son empresarios o tienen acciones en diferentes tipos de sociedades que los afecta el pago de horas extras o la reforma laboral planteada por el Gobierno. Al no declararse impedidos para votar en la sesión del 14 de mayo, pueden ser denunciados penalmente ante la Corte Suprema de Justicia por Prevaricato por Acción, e igualmente encausados en Pérdida de Investidura por el mismo motivo ante el Consejo de Estado.

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